• Serán preparados en cada uno de los distritos
Opción de Veracruz Virtual
Xalapa, Veracruz
De acuerdo con diversas disposiciones del Código Electoral número 307 para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, durante este mes el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano deberá realizar el sorteo de la letra del abecedario que servirá de base para efectuar la segunda insaculación de ciudadanos que podrían integrar las mesas directivas de casilla.
Según la fracción IV del artículo 195 de la referida ley, durante este mes se sorteará las 29 letras que comprende el alfabeto, incluyendo la “Ch” y la “Ll”, a fin de obtener la letra a partir de la cual con base en el apellido paterno, se seleccionará a quienes formarían parte de las casillas el domingo 4 de julio.
Además, el IEV tiene la tarea de instalar 212 consejos municipales, mismos que vigilarán el desarrollo del proceso electoral y organizarán lo relativo a sus facultades, previo a la jornada del 4 julio. Antes, el Consejo General designará a consejeros electorales y funcionarios de esos órganos desconcentrados, hecho que ocurrirá el día 15 de marzo, a más tardar.
Los partidos políticos, en cumplimiento con los artículos 119 fracción XIX, 151 fracción IV y 164 fracción I del Código Electoral, tienen la obligación de nombrar a sus representantes antes los consejos distritales durante la primera quincena de este mes. Lo mismo deberá sucederá con los consejos municipales, aunque en una fecha posterior.
Inicia la capacitación
El día 10 de este mes, a más tardar, los consejos distritales tendrán que seleccionar de la Lista Nominal de Electores a cuando menos un 10 por ciento de ciudadanos por cada sección electoral, sin que en ningún caso el número de insaculados sea menor a 50.
A todos ellos se les impartirá la capacitación que permitirá elegir a los más aptos para fungir como funcionarios de casilla en las votaciones donde se elegirá a los titulares de los poderes Legislativo y Ejecutivo, así como a ediles de los 212 municipios de la entidad, es decir, alcaldes, síndicos y regidores.
Entre el 11 y el 25 de marzo, las vocalías de Capacitación Electoral de cada Consejo Distrital impartirán el curso correspondiente a los ciudadanos sorteados. Dichos cursos deberán iniciarse a más tardar quince días después de la primera insaculación.
En ese sentido, los consejos distritales tienen la obligación de designar a un número suficiente de capacitadores-asistentes electorales, de entre quienes cumplieron con los requisitos especificados en la convocatoria que para tal fin se publicó en el mes de noviembre del año anterior.
Para realizar esta actividad, dichos órganos desconcentrados podrán contar con el apoyo de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica.
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De acuerdo con diversas disposiciones del Código Electoral número 307 para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, durante este mes el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano deberá realizar el sorteo de la letra del abecedario que servirá de base para efectuar la segunda insaculación de ciudadanos que podrían integrar las mesas directivas de casilla.
Según la fracción IV del artículo 195 de la referida ley, durante este mes se sorteará las 29 letras que comprende el alfabeto, incluyendo la “Ch” y la “Ll”, a fin de obtener la letra a partir de la cual con base en el apellido paterno, se seleccionará a quienes formarían parte de las casillas el domingo 4 de julio.
Además, el IEV tiene la tarea de instalar 212 consejos municipales, mismos que vigilarán el desarrollo del proceso electoral y organizarán lo relativo a sus facultades, previo a la jornada del 4 julio. Antes, el Consejo General designará a consejeros electorales y funcionarios de esos órganos desconcentrados, hecho que ocurrirá el día 15 de marzo, a más tardar.
Los partidos políticos, en cumplimiento con los artículos 119 fracción XIX, 151 fracción IV y 164 fracción I del Código Electoral, tienen la obligación de nombrar a sus representantes antes los consejos distritales durante la primera quincena de este mes. Lo mismo deberá sucederá con los consejos municipales, aunque en una fecha posterior.
Inicia la capacitación
El día 10 de este mes, a más tardar, los consejos distritales tendrán que seleccionar de la Lista Nominal de Electores a cuando menos un 10 por ciento de ciudadanos por cada sección electoral, sin que en ningún caso el número de insaculados sea menor a 50.
A todos ellos se les impartirá la capacitación que permitirá elegir a los más aptos para fungir como funcionarios de casilla en las votaciones donde se elegirá a los titulares de los poderes Legislativo y Ejecutivo, así como a ediles de los 212 municipios de la entidad, es decir, alcaldes, síndicos y regidores.
Entre el 11 y el 25 de marzo, las vocalías de Capacitación Electoral de cada Consejo Distrital impartirán el curso correspondiente a los ciudadanos sorteados. Dichos cursos deberán iniciarse a más tardar quince días después de la primera insaculación.
En ese sentido, los consejos distritales tienen la obligación de designar a un número suficiente de capacitadores-asistentes electorales, de entre quienes cumplieron con los requisitos especificados en la convocatoria que para tal fin se publicó en el mes de noviembre del año anterior.
Para realizar esta actividad, dichos órganos desconcentrados podrán contar con el apoyo de la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica.
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