jueves, 30 de julio de 2015

Aprueba Congreso Local Ley de Fiscalización

Opción de Veracruz Virtual
Xalapa, Veracruz

Con 37 votos a favor, dos en contra y cero abstenciones, se aprobó en lo general y en lo particular la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado, presentada por el diputado Francisco Garrido Sánchez Presidente de la Comisión Permanenete de Vigilancia, por la cual el Congreso del Estado podrá dictaminar y en su caso aprobar las cuentas públicas en el mismo año de su fiscalización.
Esta reforma constitucional, entre otras cosas, busca reducir los tiempos de la Fiscalización Superior de las Cuentas Públicas, incorporando en el texto constitucional, la fecha de su entrega por parte de los Entes Fiscalizables ante el Congreso, a fin de que, por lo que respecta a los municipios, éstos presenten la Cuenta Pública durante el mes de enero, a excepción del último año de su administración, en el que podrá ser entregada el 31 de diciembre, o bien, hasta el último día del mes de enero. 
Por su parte, los demás Entes Fiscalizables entregarán la Cuenta Pública en el mes de marzo, en ambos casos del año siguiente del ejercicio fiscal al que correspondan, ello de conformidad con el artículo 33 fracción XXIX de nuestra Constitución.
También se establece que la dictaminación y el inicio de la fase de determinación de responsabilidades y fincamiento de indemnizaciones, será a más tardar el último día del mes de octubre del año siguiente al que corresponda la cuenta pública con base en el Informe de Resultados que presente el Órgano de Fiscalización Superior, reduciendo así el procedimiento de Fiscalización de dos años a uno, lo que permitirá que los ciudadanos conozcan el resultado de la fiscalización de los recursos públicos de manera oportuna.
Por otra parte, se incluye la figura de la prescripción respecto de la determinación de responsabilidades resarcitorias e imposición de sanciones.
El ORFIS podrá realizar los estudios correspondientes a los programas generales de inversión, las modificaciones presupuestales, los reportes trimestrales de los avances físico-financieros y el cierre el ejercicio de los Entes Fiscalizables Municipales, informando el resultado de los mismos a la Secretaría de Fiscalización del Congreso, así como a las contralorías internas.

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