- Sería para que ambos ayuntamientos tengan el sustento legal para el cobro de traslado de dominio, anuncios comerciales y licencias de construcción, entre otros
Opción de Veracruz
Xalapa, Veracruz
La LXIII Legislatura del Estado dio entrada a las propuestas de los ayuntamientos de Alvarado y Minatitlán que modifican diversas disposiciones de sus Códigos Hacendarios a fin de contar con mayor sustento legal respecto al cobro de contribuciones como el pago de traslado de dominio de bienes públicos; impuesto predial, espectáculos; derechos por servicios prestados por las dependencias; anuncios comerciales y publicidad, así como expedición de licencias de construcción y uso de suelo, entre otros.
Durante la quinta sesión ordinaria del tercer año de ejercicio constitucional, las autoridades de ambos municipios enviaron al Congreso del Estado los ordenamientos mencionados que fueron remitidos para su estudio, análisis y dictamen a la Comisión de Hacienda Municipal, que de autorizarse coadyuvará a la realización de obras sociales en dichos ayuntamientos.
El ayuntamiento de Alvarado solicita al Congreso cambiar y agregar conceptos a diversos artículos de su Código Hacendario, respecto a giros que pretendan la enajenación de bebidas alcohólicas, licencia o autorización de establecimientos, ya sea en tiendas abiertas al público, en despachos, almacenes, bodegas, interior de casas o edificios o en cualquier otro lugar.
El ayuntamiento de Minatitlán, solicita al Congreso local modificar 13 artículos de su Código Hacendario Municipal que refieren impuestos sobre juegos permitidos, ingresos municipales, derechos por registro y refrendo anual de toda actividad económica, expedición de licencias, permisos o autorizaciones para el funcionamiento de establecimientos o locales con giros comerciales.
A los artículos citados le sería adicionado, en su último párrafo el texto: “Deberán cubrir la cuota, impuesto, derecho, contribución o tarifa establecida en el presente Código, o las que marquen la Ley de Ingresos del Ejercicio Fiscal correspondiente”.
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