- Se crea el Instituto Veracruzano para el Desarrollo Profesional y la Evaluación Educativa
- Armonizan la legislación estatal con las recientes reformas federales en la materia
Xalapa, Veracruz
Una nueva Ley de Educación para el Estado de Veracruz, que se armoniza con la legislación federal en la materia, aprobaron los diputados integrantes de la LXIII Legislatura local, con base en la iniciativa enviada por el gobernador Javier Duarte de Ochoa.
Durante la sesión extraordinaria de este martes, con 46 votos a favor, dos en contra y una abstención se aprobó –en lo general y en lo particular– la nueva legislación, que establece crear el Instituto Veracruzano para el Desarrollo Profesional y la Evaluación Educativa (IVDPEE), como órgano que calificará a los docentes.
La ley consta de 190 artículos, distribuidos en 22 capítulos y 11 transitorios. Tiene el sentido de las disposiciones federales, las correspondientes al estado y las opiniones que expresó el magisterio veracruzano.
Establece que la educación que imparta el Estado será gratuita, ajena a cualquier doctrina religiosa y todas las personas tienen derecho de recibirla. Garantiza que se ofrezca sin distinción de origen, raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, condición o actividad social.
Se crea el IVDPEE, órgano descentralizado dotado de autonomía de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaría de Educación de Veracruz (SEV) e integrado por una Junta Directiva, Dirección General y un Consejo Consultivo.
Entre sus funciones están lograr la formación, capacitación, superación y desarrollo profesional de los docentes, directivos, supervisores y demás autoridades educativas, y contribuir con el IVDPEE a diseñar y realizar la evaluación de sus conocimientos, así como participar en la de los educandos.
Para desempeñar sus funciones, el Instituto considerará el contexto demográfico, social y económico de los participantes del sistema educativo estatal, los recursos o insumos humanos, técnicos, materiales y financieros destinados al mismo y demás condiciones de naturaleza demográfica, étnica, lingüística, intercultural o de cosmovisión que intervengan en el proceso de enseñanza-aprendizaje.
En la educación básica, respecto del Servicio Profesional Docente, la autoridad educativa estatal convocará a los concursos de oposición para ingresar a la función docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o supervisión, y participará en su ejecución, con pleno respeto a los derechos constitucionales y laborales adquiridos de los trabajadores de la educación.
La nueva ley indica que el ingreso al servicio en la educación básica y media-superior se hará mediante concursos de oposición, preferentemente anuales, que garanticen la idoneidad de los conocimientos y las capacidades necesarias. Esto también aplicará para la promoción a cargos con funciones de dirección y de supervisión.
En cuanto a la permanencia en el servicio, la autoridad educativa estatal y los organismos descentralizados evaluarán el desempeño del docente y de quienes ejerzan funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media-superior que imparta el Estado.
Si el personal no alcanza un resultado suficiente en la tercera evaluación, no será separado de la función pública educativa, sino adscrito en otras tareas, con pleno respeto a sus derechos constitucionales y laborales adquiridos y a los criterios de arraigo y residencia.
Las autoridades educativas estatales y municipales adoptarán medidas y acciones para propiciar el ejercicio pleno del derecho a la educación de calidad, con equidad y la efectiva igualdad de oportunidades para el acceso y permanencia, con preferencia en los grupos y regiones de mayor rezago educativo o en condiciones económicas y sociales de desventaja.
Esta legislación contempla que los padres de familia o tutores participen con las autoridades de la escuela para conocer de cualquier problema relacionado con la educación de sus hijos, así como a informes periódicos sobre el proceso de enseñanza-aprendizaje y aspectos formativos como hábitos, habilidades y actitudes.
Serán acreedores a infracción o sanción quienes suspendan clases sin motivo justificado, en días no autorizados, por no utilizar los libros de texto gratuito, incumplir los lineamientos generales para el uso de material didáctico y negarse a prestar el servicio a quienes presenten problemas de aprendizaje, entre otros.
A la sesión extraordinaria asistieron líderes de sindicatos magisteriales de todo el estado, así como catedráticos, alumnos, representantes de los medios de comunicación y público en general.
No hay comentarios:
Publicar un comentario