Organizaciones defensoras de los animales protestan por mutilación a reforma propuesta por el Gobernador
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Xalapa, Ver.
PENAS Y SANCIONES A INFRACTORES
Durante la misma sesión, también se aprobó la Iniciativa de Reforma al Código Penal en materia de los Delitos contra la Protección a la Fauna, presentada por el diputado Jesús Alberto Velázquez Flores, que indica: “Al que intencionalmente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal, causándole sufrimiento o heridas, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a cien días de salario mínimo”.
También se impondrán de uno a tres años de prisión y multa de doscientos a cuatrocientos días de salario mínimo a quien cometa actos de crueldad en contra de cualquier animal, causándole la muerte, y el aseguramiento de los animales que tenga bajo su cuidado o resguardo.
Las penas aumentarán si se prolonga la agonía o sufrimiento del animal, si se utilizan métodos de externa crueldad, si al realizar los actos de maltrato o crueldad el sujeto activo los capta en imágenes fotográficas o videos para hacerlos públicos, y si los hechos se cometen en presencia de un menor de edad, entre otros.
Organizaciones se inconforman, acusan mutilación de propuesta original
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Hasta con cinco mil días de salario mínimo se sancionará el maltrato y la crueldad en el adiestramiento o resguardo de animales que se utilizan en espectáculos circenses, tras aprobar el Pleno legislativo una iniciativa enviada por el gobernador Javier Duarte de Ochoa, que reforma la Ley de Protección a los Animales.
Durante la octava sesión del Segundo Periodo Ordinario de la LXIII Legislatura, a la que asistieron representantes de organizaciones protectoras de animales, se expuso que exhibir ejemplares de vida silvestre en espectáculos circenses, ferias y otros, es una práctica de recreación que, sin embargo, atenta contra su preservación, al privárseles de un trato digno y respetuoso.
En su Iniciativa, el Ejecutivo expone que en los circos son frecuentes los “trucos y habilidades”, pero se desconoce los métodos utilizados para que los animales realicen actos no inherentes a su naturaleza o conducta en su hábitat.
Es frecuente que los trucos se obtengan tras horas de entrenamiento extenuante, que causan a los animales angustia, sufrimiento y padecimientos físicos provocados por la repetición de ejercicios muy incómodos.
Se señala que el maltrato a los animales es un atavismo salvaje que se debe atender, atajar y eliminar, pues no es posible que la capacidad racional del hombre se utilice para el maltrato de seres vivos que tienen percepciones y son receptores de daño físico, dolor y sufrimiento.
Con la aprobación de dicha ley, se faculta a la Procuraduría Estatal de Protección al Medio Ambiente (PMA), a la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) y a los municipios para ejercer diversas atribuciones en materia de protección a los animales.
La Procuraduría asesorará, orientará e informará a la población, dependencias, entidades y organismos desconcentrados de la administración pública sobre el cumplimiento y aplicación de las disposiciones jurídicas en materia de protección y trato digno, así como los reglamentos y otros ordenamientos jurídicos aplicables.
Se aclara, sin embargo, que quedan excluidos de la aplicación de esta ley “los espectáculos de tauromaquia, peleas de gallos, faenas, camperas, las carreras de animales, actividades relacionadas con el deporte de la ranchería, jaripeos, pamplonadas, granjas cinegéticas, unidades de manejo ambiental (UMAs) y demás permitidas por la Ley, que habrán de sujetarse a lo dispuesto por las leyes reglamentarias y demás ordenamientos jurídicos y aplicables a la materia”. Durante la octava sesión del Segundo Periodo Ordinario de la LXIII Legislatura, a la que asistieron representantes de organizaciones protectoras de animales, se expuso que exhibir ejemplares de vida silvestre en espectáculos circenses, ferias y otros, es una práctica de recreación que, sin embargo, atenta contra su preservación, al privárseles de un trato digno y respetuoso.
En su Iniciativa, el Ejecutivo expone que en los circos son frecuentes los “trucos y habilidades”, pero se desconoce los métodos utilizados para que los animales realicen actos no inherentes a su naturaleza o conducta en su hábitat.
Es frecuente que los trucos se obtengan tras horas de entrenamiento extenuante, que causan a los animales angustia, sufrimiento y padecimientos físicos provocados por la repetición de ejercicios muy incómodos.
Se señala que el maltrato a los animales es un atavismo salvaje que se debe atender, atajar y eliminar, pues no es posible que la capacidad racional del hombre se utilice para el maltrato de seres vivos que tienen percepciones y son receptores de daño físico, dolor y sufrimiento.
Con la aprobación de dicha ley, se faculta a la Procuraduría Estatal de Protección al Medio Ambiente (PMA), a la Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) y a los municipios para ejercer diversas atribuciones en materia de protección a los animales.
La Procuraduría asesorará, orientará e informará a la población, dependencias, entidades y organismos desconcentrados de la administración pública sobre el cumplimiento y aplicación de las disposiciones jurídicas en materia de protección y trato digno, así como los reglamentos y otros ordenamientos jurídicos aplicables.
PENAS Y SANCIONES A INFRACTORES
Durante la misma sesión, también se aprobó la Iniciativa de Reforma al Código Penal en materia de los Delitos contra la Protección a la Fauna, presentada por el diputado Jesús Alberto Velázquez Flores, que indica: “Al que intencionalmente cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier animal, causándole sufrimiento o heridas, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a cien días de salario mínimo”.
También se impondrán de uno a tres años de prisión y multa de doscientos a cuatrocientos días de salario mínimo a quien cometa actos de crueldad en contra de cualquier animal, causándole la muerte, y el aseguramiento de los animales que tenga bajo su cuidado o resguardo.
Las penas aumentarán si se prolonga la agonía o sufrimiento del animal, si se utilizan métodos de externa crueldad, si al realizar los actos de maltrato o crueldad el sujeto activo los capta en imágenes fotográficas o videos para hacerlos públicos, y si los hechos se cometen en presencia de un menor de edad, entre otros.
Organizaciones se inconforman, acusan mutilación de propuesta original
Desde antes que se presentaran las iniciativas al pleno, organizaciones defensoras de los animales protestaron mediante las redes sociales por lo que llamaron una mutilación a la propuesta original enviada por el gobernador Javier Duarte de Ochoa al modificar el artículo 28 donde se prohibía el uso de los animales en espectáculos circenses y se agregó que solo se sancionaran en caso de maltrato probado.
En el sitio de AnimaNaturalis, la agrupación explicó:
"Los circos con animales representan un maltrato inherente, pues va contra los intereses de un animal el ser alejado de su hábitat, encerrado y explotado para diversión de los humanos.
El avance legislativo que representa la incorporación al Código Penal
del delito de maltrato a algunas especies se ve opacado por esta
mutilación que hace evidente que, en Veracruz, una vez más prevalecieron
los intereses económicos de unos cuantos en vez de los de los animales".
Además, acusaron a los legisladores locales de querer engañar a la opinión pública al aprobar la modificación al Código Penal para castigar el maltraro animal y la Ley de Protección Animal enviada por el Ejecutivo Estatal al mismo tiempo.
"Aprobar el mismo día ambas iniciativas, además, tuvo el objetivo de
confundir a la opinión pública y de no hacerla pasar por lo que es: una
ley incompleta e incoherente con su exposición de motivos y con el
espíritu original de proteger a los animales en los circos prohibiendo
su utilización".
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